este Tribunal Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción de desalojo interpuesta por el ciudadano FRANCISCO CARDOZA RIERA, en contra de la ciudadana ROSA ALPINA GOMEZ YEPEZ, ambas partes identificadas en autos.
SEGUNDO: Se condena a la parte perdidosa al pago de las costas y costos del presente juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida.