Duaca, 19 de Enero del Dos Mil Diecisiete.-
Años: 206º y 157º
ASUNTO: 355-2016
Vista la declaración rendida en fecha 19/01/2017 por el ciudadano LEAL BARRIOS, ADAN ALIRIO, venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.126.061, este Tribunal conforme a lo expresamente dispuesto y establecido en los Artículos 1.364 del Código Civil y 444 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA RECONOCIDO el Instrumento Privado producido al efecto por el solicitante, ciudadana LEAL DE JIMENEZ, ADRIANA, de nacionalidad Venezolana, de este domicilio civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Número V-17.784.946, asistida por la Abogado en ejercicio EVA A. FRANCO GARCIA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No 182.564, plenamente identificados en autos, instrumento que corre inserto al folio dos (02) de las presentes actuaciones, el cual versa sobre un lote de terreno propio distinguido con el N° 08, ubicado en el Caserío El Toro, Municipio .....