Con fundamento en lo precedentemente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Con lugar la solicitud de Colocación Familiar, presentada por la ciudadana Mary Cruz Coronado Páez, ya identificada, a favor del niño (omitido art. 65 LOPNNA). En consecuencia, se dicta la medida temporal de colocación familiar solicitada y se otorga la Responsabilidad de Crianza a los ciudadanos Juan Carlos Coronado Páez titular de la cédula de identidad Nº 11.701.815 y Yenny Nayibet Riera de Coronado titular de la cédula de identidad Nº 13.527.320 sobre el niño, quienes deberán velar por su bienestar moral y económico, asumir su crianza y ser responsables de él ante las personas naturales y jurídicas.
Se les participa a los ciudadanos Juan Carlos Coro.....