Este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Estado Lara, en fecha 03 de Abril de 2007.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda, condenándose a la demandada al pago de los conceptos declarados procedentes por el A quo, así como la cantidad de Bs. 2.345.200,8 por concepto de indemnización establecida en el parágrafo Segundo numeral 2 del artículo 33 de la derogada Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo
TERCERO: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en Costas.
CUARTO: Se MODIFICA la Sentencia apelada, únicamente en lo que respecta a que la actora deberá pagarse adicionalmente la cantidad de Bs. 2.345.200,8 por concepto de indemnización establecida en el pará.....