DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio por abandono voluntario, instaurado por el ciudadano: MARCIAL ANDRES MILLA ANDARA, contra su cónyuge CARMEN SOFIA ANDARA ANDARA.-
SEGUNDO: Declara disuelto el vinculo matrimonial, y que contrajeron por ante la Prefectura del Municipio San Rafael de Carvajal, del Estado Trujillo, en fecha 28 de mayo de 1994, según acta Nro. 19.-
TERCERO: Con respecto a la obligación alimentaria, que el ciudadano: MARCIAL SEGUNDO VILLA VALERA, debe pasar a su hijo (se omite su nombre por disposición de la lopna), este Tribunal, fija la cantidad de doscientos mil bolívares (BS. 200.000,00) mensuales, más igual cantidad en el mes de agosto por gastos de útiles y uniformes escolares, y un mes adicional en el mes de Diciembre por concepto de aguin.....