DE LA APELACION CON EFECTO SUSPENSIVO
Una vez que el tribunal emitió el pronunciamiento respectivo, la representación del Ministerio Público, en uso de las atribuciones legales expuso: "vista la decisión dada por este Tribunal, esta representación fiscal expresa que no esta satisfecho, por tanto evidencia el efecto suspensivo, puesto que existe un delito que no está prescrito, como lo es el establecido en el artículo 406, numeral 1ro. Considero que existen suficientes elementos de convicción, testigos presenciales que de manera directa señalan por apodo y una vez que mediante las actuaciones pertinente, como los allanamientos y entrevistas tomadas, individualiza a los autores o cómplices. Efectivamente, estamos en fase de investigación, se esta ampliando la entrevista al ciudadano hermano de la víctima. Asimismo, entrevista a los testigos presenciales de los hechos, de otorgar una medida de arresto domiciliario se estaría dejando a la víctima en indefensión. Ratifico la solicitud de.....