Por las razones que preceden esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE, POR EXTEMPORÁNEO, el Recurso de Apelación interpuesto por el Defensor Público Penal Abg. Alberto R. Pérez I., en su condición de defensor del ciudadano ALEXANDER RAMÒN PINEDA, en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 2 de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 16 de Abril del 2007 y fundamentada en la misma fecha, que decretó MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD a su defendido