Sobre la base de los axiomas anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto estado Lara, actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad conferida por la Ley, DECLARA: LA INADMISIBILIDAD SOBREVENIDA de la presente Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los Abg. Salvador Guarecuco y Abg. Euro Colina, actuando en nombre y representación del ciudadano Jesús Salvador Ortiz Borregales titular de la cedula de identidad V-(...), contra el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas, del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Falcón, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Regístrese en el Li.....