Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley y el Derecho, DECIDE: CON LUGAR LA ACCION DE NULIDAD INTENTADA POR EL "CENTRO MATERNO INFANTIL POLICLÍNICA LA CONCEPCIÓN, C.A" EN CONSECUENCIA nula de Nulidad absoluta la providencia la Providencia Administrativa Nro. 00960 de fecha (31-08-2009, correspondiente al Expediente Administrativo Nro. 005-2009-01-000522, la cual fue dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Lara "JOSÉ PÍO TAMAYO". interpuesta por la Representación Judicial de la sociedad mercantil "CENTRO MATERNO INFANTIL POLICLÍNICA LA CONCEPCIÓN, C.A", al igual que todos los actos administrativos que emanen como consecuencia de la misma, de igual manera el tener que declarar SIN LUGAR el reenganche y cobro de los salarios caídos interpuestos por la ciudadana E.....