Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Temporal Tercera de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se declara sin lugar la responsabilidad solidaria del ciudadano SERVANDO JOSE ALVARADO GUTIERREZ, porque no se evidenció supuesto alguno que activará tal responsabilidad.
SEGUNDO: Parcialmente con lugar la pretensión del actor y se condena a la codemandada TALLER HIDROMECANICO S.A. a pagar las diferencias por vacaciones, bono vacacional, utilidades, prestación por antigüedad, sus intereses, así como los días de descanso semanal tomando en consideración el pago de los recargos extraordinarios que se evidenciaron en los recibos de pago analizados que conforman la parte variable del salario, las cuales se ordenaron cuantificar a través de la experticia complementaria......