Este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Jacobo Román, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Cargill de Venezuela, contra la decisión de fecha 01/11/2007 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas del Recurso dadas las resultas del fallo.
TERCERO: SIN LUGAR la demanda incoada respecto a la sociedad mercantil Cargill de Venezuela C. A.
CUARTO: Se MODIFICA la sentencia recurrida.