En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO incoada por el ciudadano PEDRO ANTONIO RANGEL ALVAREZ, contra el ciudadano HILDEMARO COROMOTO ALVARADO,(ampliamente identificadas en el fallo).
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En la ciudad de Barquisimeto, a los Diecinueve (19) días del mes de Diciembre de 2.022. Años: 212º de la Independencia y 163º de la Federación.-
El Juez,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero El Secretario Temporal,
Abelardo Jesús Gelvis Ramírez.
HARB/AJG/EM.-