DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara CULPABLE, al ciudadano JULIO CORTÉZ SANCHEZ, venezolano, casado, de 45 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.377.910, natural de Barquisimeto, Estado Lara, hijo de Julio Cortéz Bastidas y Gladis Sánchez de Cortéz, grado de instrucción Ingeniero Mecánico, de profesión comerciante y domiciliado Av. Bolívar, Centro comercial Bolívar, local 1, Los Rastrojos, Estado Lara, Telf.: 0251-8088190, de la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, tipificado en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a un Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana LAURA LANCIANI DE AGUILAR. SEGUNDO: En consecuencia se c.....