Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 19 de septiembre de 2014, por el ciudadano Samuel Darío Yanez Aponte, actuando en su nombre y en representación de la sociedad Residencias Mocao, C.A., contra la decisión dictgada en fecha 18 de septiembre de 2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En consecuencia, se ordenó la REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado de que la juez recusada, rinda su informe y aperture el cuaderno de recusación respectivo. Queda así anulada la decisión dictada en fecha 16 de septiembre de 2014, por medio de la cual la juez declaró inadmisible su propio recusación, así como todas las actuaciones siguienhtes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil.