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Decisiones del dia 20/04/2016 |
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N° Expediente :
KP01-R-2014-000301
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N° Sentencia :
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Fecha: 20/04/2016 |
Procedimiento: Inadmisible |
Partes: RECURRENTE: ABG. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LECUNA, EN SU CARÁCTER DE FISCAL TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO |
Resumen:
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer. Región Centro Occidental con Sede en Ciudad de Barquisimeto estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO Siendo que el auto de la cual se pretende apelar, es un auto de mera sustanciación o mero trámite que no están sujeto a apelación, pertenecen al impulso procesal y ha sido dictado en uso de las atribuciones de conformidad con el artículo 106 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que no producen gravamen irreparable a ninguna de las partes, en consecuencia, el mismo es INAPELABLE, siendo ineludible declarar el presente Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LECUNA, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público, quien interpone recu.....
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Juez/Ponente:
Michael Mijail Pérez Amaro
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Organo:
Corte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer
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N° Expediente :
KP01-R-2014-000537
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N° Sentencia :
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Fecha: 20/04/2016 |
Procedimiento: Inadmisible |
Partes: RECURRENTE: ABG. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LUCENA, EN SU CARÁCTER DE FISCAL TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO |
Resumen:
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer. Región Centro Occidental con Sede en Ciudad de Barquisimeto estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO Siendo que el auto de la cual se pretende apelar, es un auto de mera sustanciación o mero trámite que no están sujeto a apelación, pertenecen al impulso procesal y ha sido dictado en uso de las atribuciones de conformidad con el artículo 106 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que no producen gravamen irreparable a ninguna de las partes, en consecuencia, el mismo es INAPELABLE, siendo ineludible declarar el presente Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LUCENA, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público, quien ejerce su quej.....
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Juez/Ponente:
Richard González
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Organo:
Corte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer
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N° Expediente :
KP01-R-2014-000546
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N° Sentencia :
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Fecha: 20/04/2016 |
Procedimiento: Inadmisible |
Partes: RECURRENTE: ABG. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LUCENA, EN SU CARÁCTER DE FISCAL TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO |
Resumen:
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer. Región Centro Occidental con Sede en Ciudad de Barquisimeto estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO Siendo que el auto de la cual se pretende apelar, es un auto de mera sustanciación o mero trámite que no están sujeto a apelación, pertenecen al impulso procesal y ha sido dictado en uso de las atribuciones de conformidad con el artículo 106 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que no producen gravamen irreparable a ninguna de las partes, en consecuencia, el mismo es INAPELABLE, siendo ineludible declarar el presente Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LUCENA, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público, quien ejerce su qu.....
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Juez/Ponente:
Richard González
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Organo:
Corte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer
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N° Expediente :
KP01-R-2014-000559
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N° Sentencia :
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Fecha: 20/04/2016 |
Procedimiento: Inadmisible |
Partes: RECURRENTE: ABG. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LUCENA, EN SU CARÁCTER DE FISCAL TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO |
Resumen:
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer. Región Centro Occidental con Sede en Ciudad de Barquisimeto estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO Siendo que el auto de la cual se pretende apelar, es un auto de mera sustanciación o mero trámite que no están sujeto a apelación, pertenecen al impulso procesal y ha sido dictado en uso de las atribuciones de conformidad con el artículo 106 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que no producen gravamen irreparable a ninguna de las partes, en consecuencia, el mismo es INAPELABLE, siendo ineludible declarar el presente Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LUCENA, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público, quien ejerce su quej.....
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Juez/Ponente:
Richard González
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Organo:
Corte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer
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N° Expediente :
KP01-R-2014-000311
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N° Sentencia :
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Fecha: 20/04/2016 |
Procedimiento: Inadmisible |
Partes: RECURRENTE: ABG. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LUCENA, EN SU CARÁCTER DE FISCAL TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO |
Resumen:
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer. Región Centro Occidental con Sede en Ciudad de Barquisimeto estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO Siendo que el auto de la cual se pretende apelar, es un auto de mera sustanciación o mero trámite que no están sujeto a apelación, pertenecen al impulso procesal y ha sido dictado en uso de las atribuciones de conformidad con el artículo 106 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que no producen gravamen irreparable a ninguna de las partes, en consecuencia, el mismo es INAPELABLE, siendo ineludible declarar el presente Recurso de Apelación interpuesto por la ABG. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LUCENA, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público, quien ejerce su quej.....
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Juez/Ponente:
Carolina Monserrat García Carreño
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Organo:
Corte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer
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N° Expediente :
KP01-R-2014-000469
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N° Sentencia :
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Fecha: 20/04/2016 |
Procedimiento: Inadmisible |
Partes: RECURRENTE: ABG. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LUCENA, EN SU CARÁCTER DE FISCAL TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO |
Resumen:
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer. Región Centro Occidental con Sede en Ciudad de Barquisimeto estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO Siendo que el auto de la cual se pretende apelar, es un auto de mera sustanciación o mero trámite que no están sujeto a apelación, pertenecen al impulso procesal y ha sido dictado en uso de las atribuciones de conformidad con el artículo 106 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que no producen gravamen irreparable a ninguna de las partes, en consecuencia, el mismo es INAPELABLE, siendo ineludible declarar el presente Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LUCENA, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público, quien ejerce su quej.....
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Juez/Ponente:
Richard González
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Organo:
Corte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer
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N° Expediente :
KP01-R-2014-000550
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N° Sentencia :
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Fecha: 20/04/2016 |
Procedimiento: Inadmisible |
Partes: RECURRENTE: ABG. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LUCENA, EN SU CARÁCTER DE FISCAL TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO |
Resumen:
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer. Región Centro Occidental con Sede en Ciudad de Barquisimeto estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO Siendo que el auto de la cual se pretende apelar, es un auto de mera sustanciación o mero trámite que no están sujeto a apelación, pertenecen al impulso procesal y ha sido dictado en uso de las atribuciones de conformidad con el artículo 106 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que no producen gravamen irreparable a ninguna de las partes, en consecuencia, el mismo es INAPELABLE, siendo ineludible declarar el presente Recurso de Apelación interpuesto por la ABG. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LUCENA, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público, quien ejerce su quej.....
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Juez/Ponente:
Carolina Monserrat García Carreño
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Organo:
Corte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer
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N° Expediente :
KP01-R-2014-000553
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N° Sentencia :
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Fecha: 20/04/2016 |
Procedimiento: Inadmisible |
Partes: RECURRENTE: ABG. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LUCENA, EN SU CARÁCTER DE FISCAL TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO |
Resumen:
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Centro Occidental con Sede en Ciudad de Barquisimeto estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO Siendo que el auto de la cual se pretende apelar, es un auto de mera sustanciación o mero trámite que no están sujeto a apelación, pertenecen al impulso procesal y ha sido dictado en uso de las atribuciones de conformidad con el artículo 106 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que no producen gravamen irreparable a ninguna de las partes, en consecuencia, el mismo es INAPELABLE, siendo ineludible declarar el presente Recurso de Apelación interpuesto por la ABG. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LUCENA, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público, quien ejerce su.....
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Juez/Ponente:
Carolina Monserrat García Carreño
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Organo:
Corte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer
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N° Expediente :
KP01-R-2014-000571
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N° Sentencia :
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Fecha: 20/04/2016 |
Procedimiento: Inadmisible |
Partes: RECURRENTE: ABG. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LUCENA, EN SU CARÁCTER DE FISCAL TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO |
Resumen:
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer. Región Centro Occidental con Sede en Ciudad de Barquisimeto estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO Siendo que el auto de la cual se pretende apelar, es un auto de mera sustanciación o mero trámite que no están sujeto a apelación, pertenecen al impulso procesal y ha sido dictado en uso de las atribuciones de conformidad con el artículo 106 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que no producen gravamen irreparable a ninguna de las partes, en consecuencia, el mismo es INAPELABLE, siendo ineludible declarar el presente Recurso de Apelación interpuesto por la ABG. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LUCENA, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público, quien ejerce su quej.....
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Juez/Ponente:
Carolina Monserrat García Carreño
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Organo:
Corte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer
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N° Expediente :
KP01-R-2014-000138
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N° Sentencia :
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Fecha: 20/04/2016 |
Procedimiento: Inadmisible |
Partes: RECURRENTE; ABG. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LUCENA, EN SU CARÁCTER DE FISCAL TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO |
Resumen:
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer. Región Centro Occidental con Sede en Ciudad de Barquisimeto estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO Siendo que el auto de la cual se pretende apelar, es un auto de mera sustanciación o mero trámite que no están sujeto a apelación, pertenecen al impulso procesal y ha sido dictado en uso de las atribuciones de conformidad con el artículo 106 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que no producen gravamen irreparable a ninguna de las partes, en consecuencia, el mismo es INAPELABLE, siendo ineludible declarar el presente Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. BLANCA PERLA GUTIERREZ DE LUCENA, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público, quien interpone recu.....
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Juez/Ponente:
Michael Mijail Pérez Amaro
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Organo:
Corte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer
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