DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juez Presidente de la Sala Natural de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Declara Con Lugar la Inhibición planteada por el Juez Profesional, Luís Ramón Díaz Ramírez, mediante acta levantada en fecha 13 de Abril de 2016, de conocer el recurso signado con el Nº KP01-R-2012-000372, de conformidad con lo establecido en el numeral 8º del artículo 89 en concordancia con el artículo 90 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese y remítase con oficio copia certificada de la presente decisión, al Juez inhibido. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Presidencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en Barquisimeto a los veinte (20) días del mes de Abril del año dos mil dieciséis (2016)......