En virtud de las consideraciones anteriores, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
Primero: CON LUGAR LA IMPUGNACION del Informe Pericial presentado por la experta contable SONNY CHAM, con fundamento en las consideraciones antes expuestas por no ajustarse a derecho y estar fuera de los límites del fallo y se fija la estimación definitiva de la experticia el monto de CINCUENTA Y UN MIL OCHENTA Y CINCO CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 51.085,66).