Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Reponer la causa al estado que el Juez Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial; verifique la correlación y las cantidades exactas de folios con las que cuentan cada anexos de las pruebas documentales traídas al proceso por las partes, conforme a lo establecido en el acta de instalación de la Audiencia Preliminar y los escritos de promoción de pruebas consignados y posteriormente remita el expediente a la Unidad correspondiente, a los fines de su distribución entre los Tribunales de Primea Instancia de Juicio del Trabajo.
SEGUNDO: Se ordena la remisión del asunto a través de la Unidad de Recepción, Distribución de Docum.....