este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley Decreta Medida Preventiva Innominada, consistente en AUTORIZAR a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, viaje en compañía de su madre, ciudadana DIOSA VIRGINIA RODRIGUEZ TIMAURE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.612.436, teniendo el siguiente itinerario: salida el 12 de Agosto de la ciudad de VALENCIA- CURACAO-MIAMI, retornando el 28 de Agosto de 2011, MIAMI ¿ CURACAO ¿ VALENCIA, N° de billete ETKT 958 1663135642.
ASIMISMO, SE ORDENA A LA SOLICITANTE JUNTO A LA BENEFICIARIA A COMPARECER ANTE ESTE TRIBUNAL DENTRO DE LOS TRES (03) DÍAS SIGUIENTES A SU REGRESO.
La presente medida se decreta atendiendo al derecho a la recreación y a las uniones familiares de la adolescente y con fund.....