DECISION
Por todo lo expuesto este Tribunal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Sección Adolescentes de la Ciudad de Carora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia ordena que el Adolescente: RESERVADO, plenamente identificado, cumpla la SANCION de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por el lapso de Seis (06) meses, de conformidad con lo establecido en el artículo 625 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y LIBERTAD ASISTIDA, de conformidad con lo establecido en el Articulo 626 ejusdem, por el lapso de Un (01) año, Dejando constancia que el sancionado se encuentra Privado de Libertad en el Centro Socio Educativo Doctor Pablo Herrera Campins, Vía Rió Claro, Sector el Manzano en los Asuntos: KP11-D-2011-76 y KP11-D-2013-40, con fecha de salida para la primera causa el 30-11-2013 y para la segunda el 06-03-2014.....