DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de Derecho este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CONSTITUIDO EN TRIBUNAL UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide:
PRIMERO: CONDENA al ciudadano PEDRO MIGUEL MAITA Titular de la Cédula de Identidad Nº 14.351.325, venezolanos, a cumplir la pena de PENA DE DIEZ (10) AÑOS y NUEVE (09) MESES de prisión, mas las penas accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, EXTORSION, LESIONES Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 en relación a los ordinales 1,2 y 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, 459, 413 y 218 del Código Penal.
SEGUNDO: Se mantiene la medida privativa de libertad.
TERCERO: Se exoneró del pago de las costas en virtud de la Justicia Grat.....