En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confieren la Ley y el derecho declara:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la demanda incoada por la actora NORA BELISA RIERA contra las empresas M & D MOBILI C.A., y DUMAN C.A., y se condena a las co-demandadas a pagar la prestación antigüedad y sus intereses; utilidades fraccionadas; bono vacacional fraccionado; vacaciones fraccionadas y beneficio de alimentación así como la indexación y los intereses moratorios de las cantidades condenadas las cuales se ordenaron cuantificar por experticia complementaria del fallo.
SEGUNDO: No se condena en costas por el vencimiento parcial de esta decisión.