este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN POR MAYORIA DE EDAD DE LA COLOCACION FAMILIAR, interpuesta por la Fiscal Décima Séptima del Ministerio Publico Abogada MARIA JOSE FERNANDEZ GARCIA, a instancias del ciudadano JORGE ALEJANDRO BARRIENTOS MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.503.751.