Ratificado como fue de conformidad con lo previsto en el artículo 401 del Código Orgánico Procesal Penal, el escrito contentivo de querella, presentada por la Ciudadana JOHANNA CAROLINA SUAREZ, asistida por el Abogado JOEL ANTONIO SUAREZ, en contra del Ciudadano ANIBAL RAFAEL MARTINEZ; este Tribunal una vez constatado que el contenido de la querella reúne los requisitos y formalidades exigidos en el artículo 401 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE en cuanto a derecho se refiere, la acusación presentada, por la presunta comisión del delito de INJURIA AGRAVADA CONTINUADA, incoada en contra del Ciudadano ANIBAL RAFAEL MARTINEZ, quien en su condición de acusado, deberá imponerse en el lapso de cinco días hábiles, de las actas que conforman el presente asunto, y designar defensor que lo asista en la tramitación de la querella.-