DISPOSITIVA
Es por las razones, antes expuestas que este Tribunal de Control N° 2, del Circuito judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al Ciudadano: JUNIOR JESÚS ALVARADO FONSECA, ampliamente identificado. Por ser considerado como presunto autor de los delito de ROBO AGRAVADO Y LESIONES PERSONALES, previsto y sancionados en los 460 y 415 ambos del Código Penal , de conformidad con los previsto en los artículos 250, 251 Y 252 Código Orgánico Procesal Penal. Dicho ciudadano cumplirá la medida impuesta en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental de Estado Lara, quedando las partes debidamente notificadas de la presente decisión. Regístrese y Cúmplase.