VI
DECISIÓN
Este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación formulado por el Abogado JOSE ANGEL MARIN LANDAETA, inscrito en el Instituto de Previsión social del Abogado bajo el número 92.401, en su carácter de representante legal del niño de autos, cuya identidad se omite de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en contra de la decisión contenida en Acta de Audiencia de Juicio Oral y Pública dictada en fecha doce (12) de Diciembre de 2017 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Barquisimeto.
En consecuencia:
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