Este Juzgado atendiendo a los documentos preliminares y al acto de reconocimiento que obra en su contenido, y vista la partida de nacimiento agregada, donde se demuestra la relación filiatoria que une a las partes, y que por ende generadora de obligación alimentaría a la cual se contraen los ciudadanos MARÍA FERNANDA OROZCO MARTÍNEZ y CARLOS ARTURO JIMENEZ, en su condiciones de padres biológicos de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE
En el presente caso, podemos observar que las partes acudieron a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en la búsqueda de una solución amistosa, permitiendo que el resultado de la disputa emerja de las partes, utilizando para ello, uno de los medios alternativos de solución de conflictos, como es la conciliación. Cabe destacar, que los mecanismos alternos de resolución de conflictos han sido reconocidos consti.....