En virtud de las anteriores consideraciones, este JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA por la cuantía, planteada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, solicitud relativa a RECTIFICACION DE ACTA DE REGISTRO CIVIL intentada por JESUS RAFAEL DE LA SANTISIMA TRINIDAD RIVERO MELENDEZ, debidamente asistido por la abogada en ejercicio LEONORA TRUJILLO VERA, identificados ut supra, en consecuencia agréguese a las solicitudes llevadas por este Tribunal para su conocimiento.
Publíquese y Regístrese. Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de despacho del Juzgado Tercero del Municipio Iribarren del estado Lara, en Barquisimeto, a los 21 días del mes de abril de 2009. Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federac.....