D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 479 numeral 1, 500 y 510 del Código Orgánico Procesal Penal, hoy derogado, ACUERDA al penado EDWARD JOSE PIÑA MENDOZA, la FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA como es el REGIMEN ABIERTO y se le imponen las siguientes CONDICIONES: 1.-Debe mantenerse activo laboralmente. 2.-Debe recibir supervisión en el área laboral. 3.-Debe Mantenerse alejado del entorno conflictivo que lo llevo al delito. 4.- Debe recibir orientación en cuanto a la estructuración de su proyecto de vida. 5.-De continuar estudios académicos o cursos que coadyuven en su área laboral. 6.-Debe permitir con la requisa personal y en su sitio de.....