Revisadas las presentes actuaciones; este Tribunal administrando justicia en nombre de la república y por autoridad de la Ley, ACUERDA EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado JOSE MANUEL MENDOZA, de conformidad con lo establecido en el art. 501 del COPP y 67 de la Ley de Régimen Penitenciario. Notifíquese al Fiscal 13° del Ministerio Püblico, Defensa, Lïbrese oficios al Jefe de la Unidad Técnica, al Director del Centro de Pernocta y al Director de Uribana, remitiéndoles anexo copias de la decisión, Solicítese el traslado del penado para el día 28-10-05 a las 10:00 am.-