Este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO incoada por el ciudadano SIXTO JOSÉ SUÁREZ CARRASCO, venezolano, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-5.938.642, en contra de la ciudadana BERTHA ERNESTINA PIÑA DE SUÁREZ, venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.851.897, en relación a la disolución del vínculo matrimonial.
SEGUNDO: SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante la Prefectura del Municipio Torres del Estado Lara, en fecha 21 de Junio del año 1995, quedando inserta el Acta bajo el Nº 126, en uno de los Libros de Registro de Matrimonios llevados por ante ese Despacho.