Este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Robinson Salcedo, apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 25/10/2007 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas del Recurso dadas las resultas del fallo.
TERCERO: Se MODIFICA la sentencia recurrida.
CUARTO: CON LUGAR la demanda incoada, en consecuencia la demandada deberá pagar a la actora, los siguientes conceptos: Prestación de Antigüedad, vacaciones y bono vacacional, utilidades, indemnización artículo 125 LOT, horas extras, días feriados, días de descanso compensatorios por laborar feriados y descanso obligatorio semanal, cuyos .....