En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por los abogados JOSÉ RAMÓN RANGEL M. y DIOMEDES DE JESÚS VALERO HERNÁNDEZ, inscritos en al Inpreabogado bajo los Nros. 3.366 y 37521, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil "CORPORACIÓN DROGUERÍA LOS ANDES, C.A. (CORPORACIÓN DROLANCA)", suficientemente identificada, según consta en autos, en contra de la Resolución Nº 269-2005, de fecha 26 de octubre de 2005, emitida por el Despacho del Alcalde del Municipio Iribarren del Estado Lara, notificada el 11 de noviembre de 2005. En consecuencia, se Revoca la resolución impugnada en la presente causa, por haber operado la prescripción de la obligación tributaria, sus accesorios y multas.
Se condena en costas al Municipio Iribarren del Estado Lar.....