este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declaró sin lugar la solicitud fiscal y con fundamento en los artículo 44 numeral 1º, 49 numeral 6, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 190, 191 y 287 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, decidió: PRIMERO: Se declaró la nulidad de las actuaciones realizadas por los funcionarios aprehensores y se ordena la libertad plena e inmediata de las ciudadanas ROSANA ALVARADO MALVACIAS, titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.132.283. MILAGROS DEL CARMEN RODRIGUEZ MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad Nro 15.579.589. GRECE VANESA LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro 18.356.562. YASMIN DEL CARMEN PIÑA VIZCAYA titular de la Cédula de Identidad Nro 13.197.530 DIOSELIN MARIA SOTO MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad Nro 15.919.479.....