/Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley y con fundamento en los artículos 479, numeral 01 del Código Orgánico Procesal Penal y 49 y 50 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario Autoriza el Permiso de Supervisión Especial al Penado JAIRO RAFAEL SIVIRA AMAYA, titular de la cédula de identidad Nº 10843201
Notifíquese de la presente decisión al Centro de Residencia Supervisada "Dra. Nilda Lucrecia Hernández", al Fiscal Penitenciario, Defensa y Residente.
Regístrese. Publíquese, Notifíquese, Remítase, Ofíciese.