DECISION
Con fundamento a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declara: Parcialmente con lugar la demanda por Aumento de la Obligación de Manutención incoada por la ciudadana Elainix Jordalinne Sisiruca Manzano, ya identificada, en contra del ciudadano Héctor Ines González Segueri, ya identificado, en consecuencia, se fija el monto de la Obligación de Manutención en diez mil bolívares mensuales (Bs.10.000,oo), a razón a de cinco mil bolívares (Bs. 5.000,00) quincenales, más el cincuenta por ciento (50 %) de los gastos de medicinas, médicos, vestidos, uniformes y útiles escolares, recreación, cultura y deporte y cualquier otro que requiera su hijo. En cuanto al incremento anual solicitado se aprueba dicho incremento previendo la inflación galopante que existe actualmente en nuestro país y que no es secreto para nadie, por lo .....