SE ORDENA RECTIFICAR la Partida de Nacimiento del niño identificación omitida dando cumplimiento al artículo 65 de la LOPNA, PRIMERO: Fue asentada la edad de la madre como 23 años de edad, siendo lo correcto 24 años de edad. SEGUNDO: La fecha de nacimiento de madre fue asentada como 17-04-79, siendo lo correcto 11-04-79. TERCERO: Fue asentada la Dirección como: Río Claro, avenida Libertador, casa sin N°; Barquisimeto Estado Lara, siendo lo correcto : Río Claro, calle principal, callejón 1B, S/N, Municipio Juárez Estado Lara. A tal fin remítase a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral Municipio Iribarren y al Registro Principal del Estado Lara, copia de la sentencia junto con oficio.
Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada a los fines legales consiguientes.