este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente causa en razón de la materia, y en consecuencia, DECLINA al Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. Se ordena remitir el expediente a la Unidad Receptora y Distribución de Documentos del área Penal, con oficio, una vez quede firme la presente decisión.