En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 02 de abril de 2007, por la parte demandada en contra de la sentencia dictada en fecha 26 de marzo de 2007, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
En consecuencia, se REVOCA la sentencia recurrida en todas sus partes y se ordena al Juzgado a quo a fijar nueva oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
En consecuencia se REVOCA la sentencia recurrida en todos sus partes y se ordena al Juzgado a quo a fijar nueva oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar.
No hay condenatoria e.....