DECISIÓN
Tomando en consideración todo lo expuesto precedentemente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: con lugar la demanda de Divorcio incoada por la ciudadana Elena Yaritza Mogollón Rodríguez, ya identificada, en contra el ciudadano Pedro Luís Guzmán Lameda, ya identificado, en consecuencia se disuelve el vínculo conyugal contraído en fecha treinta y uno (31) de julio del año 2004 ante el Concejo Municipal del Municipio G/D Pedro León Torres del Estado Lara, cuya acta de matrimonio está asentada en el libro de Registro Civil de Matrimonio bajo el Nº 27 folio 61 frente.