Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación por la Abogada Solanger Y. Pérez Abreu, en su carácter de Defensora Pública Auxiliar Décima Primera Penal (11°) actuando con tal carácter de los ciudadanos GUSTAVO ADOLFO PALACIOS MONTILLA y LUIS FERNANDO COLMENAREZ RODRIGUEZ; contra la decisión dictada en fecha 22 de Septiembre de 2015 y fundamentada en fecha 24 de Septiembre de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control N° 07 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual impuso Medida Privativa de Libertad a los ciudadanos GUSTAVO ADOLFO PALACIOS MONTILLA y LUIS FERNANDO COLMENAREZ RODRIGUEZ, por encontrarse llenos los extremos que establecen los artículos 236, 237 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístres.....