DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en artículo 581 Parágrafo Segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente sustituye la medida cautelar de Prisión Preventiva impuesta a los adolescentes (Identidades Omitidas) y le impone las medidas cautelares del artículo 582 literales b y f de la Ley Orgánica para Protección del Niño y el Adolescente. Notifíquese de lo decidido a la Defensa y a los padres, representantes legales o responsables y ofíciese de lo antes expuesto al director o directora del respectivo Centro.
El Juez de Juicio
Abg. Gerardo Pastor Arias La Secretaria