D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano FRANKY JOSÉ PINTO GIMÉNEZ y PARCIALMENTE CON LUGAR la interpuesta por la ciudadana KAREN YELITZA MAMBEL MARTÍNEZ contra la sentencia dictada el 26 de agosto de 2004 por la juez de juicio Nº 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara. En su defecto, se fija la cuota extraordinaria anual, pagadera en el mes de septiembre para los gastos escolares, en la cantidad de Bs. 150.000,00 asimismo se le entreguen a la demandante todos los beneficios especiales que le corresponden al ciudadano por concepto de “hijos”. Se confirman los demás dispositivos del fallo, quedando así MODIFICADA la sentencia apelada.
De conformidad con el Art. 248 de.....