NIEGA la solicitud de DECAMIENTO DE LA MEDIDA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, decretada contra del ciudadano HERNÁN YOVANI RODRÍGUEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-(...), por la comisión del delito de (...), previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, en perjuicio de adolecente de identidad omitida en razón al contenido del artículo 65 de la LOPNNA; siendo que dicho pedimento también requiere la imposición de una medida menos gravosa de las establecidas en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE ACUERDA MANTENER LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, acordada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 11-01-2012, contra del acusado HERNÁN YOVANI RODRÍGUEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-(...), todo ello de conformidad con lo establecido en los a.....