Este Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos, EDITSON OMAR NIETO LAYA y EIMYS DEL CARMEN RONDON MONTILLA venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédula de identidad No. V-18.847.594 y V-19.717.159, respectivamente.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, celebrado el en fecha 21 de diciembre de 2011, por ante el Registro Civil de la Parroquia Pozuelo del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, según consta en acta asentada bajo el número 930.-
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes una vez la presente decisión quede definitivamente firme conforme a lo previsto en los artícu.....