DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Juzgado de Control Nº 11, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley: ACUERDA al ciudadano WILFREDO RAMON ROJAS LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.275.838, la Suspensión Condicional del Proceso por el Lapso de 8 Meses, por el delito de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el Art. 413 del Código Penal, debiendo cumplir con las siguientes condiciones:
- La de residir en un lugar determinado, razón por la cual no podrá cambiar de domicilio sin previa notificación al Tribunal.
- Permanecer en un trabajo estable.
- No verse involucrado en otro hecho delictivo.
- Realizar UN (1) trabajo comunitario mensual, por el lapso de tres meses, en el Consejo comunal del sector tres de Roble Viejo, Carora, Estado Lara, que no obstruya su jornada laboral, pudiendo ser fines de semanas; y se le solicita informe del cumplimiento mensual..
De conformidad c.....