/ACTUALIZACIÓN CÓMPUTO DE PENA: El penado JOSÉ DE LA CRUZ LEÓN RODRÍGUEZ fue detenido en fecha 05.07.90 y salió el 20.07.90, por lo que estuvo 15 días; entró detenido el 19.02.92, y salió el 31.01.94, al concedérsele el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, permaneciendo bajo ese beneficio hasta el 05.06.98, según oficio N° 1508, de fecha 18.11.98, por lo que se le computan 6 años, 3 meses y 16 días, que sumado al tiempo anterior resulta un total de SEIS AÑOS, CUATRO MESES Y UN DÍA, tiempo superior al de la pena impuesta, en consecuencia en este caso, es procedente la extinción de la responsabilidad criminal, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal, la cual se fundamentará en auto por separado.