DISPOSITIVA
Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR los recursos interpuestos por los abogados JUAN ROJAS Y MARIA GÓMEZ, en su condición de Defensores Privados del ciudadano Edgardo Méndez Dávila; Abogado GERARDO ANÍBAL MÉNDEZ GARCÍA, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Eduardo Jesús Medina Oberto; y Abogados RAFAEL DELGADO RAMOS Y PEDRO JOSÉ CÁRDENAS PEÑA, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Luís Ángel Pérez, contra la Sentencia Definitiva dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 02 de este Circuito Judicial Penal, de fecha 10 de Diciembre de 2008.
SEGUNDO: Queda CONFIRMADA la Sentencia apelada, dictada por el Tribunal Ad Quo.
TERCERO: Se ordena la remisión de las presentes actua.....