DISPOSITIVA
Por las razones expuestas y artículos citados, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción
Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Se homologa el convenimiento realizado por ante la Fiscalia Octava con competencia en el sistemas de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, entre los ciudadanos: NIEVES LINARES JOHAN JOSÉ y MARIANELA ESTEFANIA GONZALEZ, de fecha: 14/04/2.009, en donde el padre de la niña, se compromete en aportar la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (150 Bs.) semanales, que equivale a SEISCIENTOS BOLÍVARES (600 BS.) mensuales, los cuales entregará entregando contra recibo a la ciudadana: MARIANELA ESTEFANIA GONZALEZ, así mismo se compromete a cubrir los gastos de medicina, vestuario y educación, los demás gastos que puedan presentarse serán compartidos.....