DECISIÓN
Este Tribunal de Primea Instancia en Funciones Séptimo de Control en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se otorga al imputado LUIS ENRIQUE RIVERO, titular de la cédula de identidad Nº 14.035.970, Medida Cautelar de la establecida en el artículo 256 Ordinal 3ero. Del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es presentaciones cada treinta (30) días ante la taquilla de presentaciones de este Circuito Judicial Penal, en virtud de valoración medica forense realizada por el Dr. FRANCO GARCIA VALECILLOS, lo cual riela a los folios (103) en la cual se indica que el mismo padece de HIV-SIDA garantizando así el derecho a la salud consagrado en el artículo 83 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Líbrese boleta de libertad a la Comandancia de Policía del Estado Lara. TERCERO: Se niega la solicitud de medida cautelar a favor de la ciudadana YASMILA DEL CARMEN PARRA VI.....